Despachos de importación y exportación, clasificación arancelaria, regímenes especiales y habilitaciones sectoriales. Tu operatoria COMEX, gestionada por especialistas.
Gestión integral de despachos de importación y exportación.
Clasificación arancelaria
Clasificación HS/NCM correcta para evitar contingencias aduaneras.
Régimen de Maquila y Ley 7548/25
Acceso a regímenes especiales de incentivo orientados a la exportación.
Habilitaciones sectoriales
INAN, SENAVE, MADES, DINAVISA y habilitación de firmas ante VUE y Aduanas.
Por qué Paraguay funciona como plataforma de comercio exterior
Paraguay combina tres cosas que rara vez aparecen juntas: pertenencia plena al MERCOSUR —con acceso preferencial a un mercado de más de 290 millones de personas—, una presión tributaria baja, y regímenes de incentivo específicamente diseñados para la exportación.
Para una empresa que importa insumos, transforma y reexporta, esa combinación puede cambiar por completo la estructura de costos. Para una que sólo importa para el mercado interno, el atractivo está en la simplicidad aduanera y en el arancel externo común.
Los dos regímenes que conviene evaluar
Régimen de Maquila (Ley 1064/97)
Permite importar materias primas, insumos y bienes de capital con suspensión de aranceles y tributos, transformarlos en Paraguay y exportar la producción. La operación tributa un tributo único del 1 %, aplicado sobre el valor agregado en territorio nacional o sobre la facturación por cuenta y orden de la matriz, el que resulte mayor.
El valor agregado nacional comprende los bienes adquiridos en el país, los servicios contratados, los salarios pagados, la depreciación de los bienes de capital de la maquiladora y el precio del servicio de maquila. El proceso completo —desde la importación de insumos hasta la exportación del producto— queda exento de los demás tributos, IVA incluido.
Atención si venías leyendo sobre la Ley 60/90. Ese régimen ya no está vigente. Fue sustituido por la Ley N.º 7548/2025, promulgada el 8 de septiembre de 2025 y reglamentada por el Decreto N.º 5432/2026. Buena parte del contenido que circula en internet sigue citando la norma anterior.
El nuevo régimen conserva los beneficios centrales del anterior y suma otros. Sobre proyectos de inversión aprobados otorga:
Exoneración de aranceles e IVA en la importación de bienes de capital.
Exoneración de IVA en la compra local de bienes de capital.
Exoneración del Impuesto a la Distribución de Utilidades (IDU). Es el cambio más relevante: antes alcanzaba sólo a la inversión de origen extranjero, y ahora también a la nacional.
Garantías fiduciarias, que permiten usar los bienes de capital como respaldo de financiamiento, y flexibilidad para transferir esos bienes entre empresas conservando el beneficio.
No se aplica de forma automática: hay que presentar el proyecto de inversión y obtener su aprobación. El régimen alcanza a industria y, con la reforma, se amplió el tratamiento de bienes de capital al sector turismo.
Cómo se estructura una operación de importación
Habilitación como importador. Registro del RUC como operador de comercio exterior ante la DNIT y habilitación de la firma ante Aduanas y la Ventanilla Única del Exportador (VUE).
Clasificación arancelaria. Determinación de la posición NCM correcta. Es la decisión que define cuánto vas a pagar y qué permisos vas a necesitar; una clasificación incorrecta genera ajustes, multas y demoras.
Habilitaciones sectoriales. Según el producto: INAN (alimentos), SENAVE (vegetales y agroquímicos), DINAVISA (productos de salud), MADES (ambiente). Se tramitan antes del embarque, no al llegar la carga.
Despacho aduanero. Presentación del despacho, liquidación de tributos y levante de la mercadería, a cargo de un despachante habilitado.
Dónde se cae la mayoría de las operaciones nuevas. No en la aduana: en la clasificación arancelaria y en las habilitaciones sectoriales. Ambas se definen antes de que la mercadería salga del origen. Resolverlas después es lo que convierte una importación de rutina en un contenedor parado.
Cómo trabajamos
Diagnóstico. Analizamos tu flujo de comercio exterior y tus necesidades de habilitación.
Habilitaciones. Gestionamos las habilitaciones sectoriales y el alta ante los organismos.
Operatoria. Ejecutamos los despachos y la clasificación arancelaria.
Optimización. Evaluamos regímenes especiales que mejoren tu ecuación.
Preguntas frecuentes sobre comercio exterior en Paraguay
¿Cómo se calcula el arancel de importación en Paraguay?
Se aplica el Arancel Externo Común (AEC) de Mercosur, con 14 niveles que van del 0% al 35% según la posición arancelaria (NCM) del producto. Paraguay además mantiene una lista de excepciones con aranceles más bajos, producto de su proceso de convergencia gradual al AEC.
¿Qué es el régimen de maquila?
Un régimen para producir en Paraguay con destino exportación, con una tributación del 1% sobre el valor agregado en lugar de los impuestos habituales. Está abierto a empresas con capital 100% extranjero.
¿Cómo se obtiene el certificado de origen Mercosur?
Exportar con arancel 0% dentro de Mercosur requiere cumplir un porcentaje mínimo de contenido regional, que varía según la posición arancelaria del producto (típicamente en torno al 40-60% de valor agregado regional). Te ayudamos a evaluar si tu producto califica.
¿Necesito una empresa en Paraguay para importar o exportar?
Sí, la operación debe registrarse a nombre de una persona jurídica o física inscripta ante la DNIT. Si todavía no tenés empresa, la constituimos como parte del mismo proceso.
¿Qué necesito para importar a Paraguay como empresa extranjera?
Una sociedad constituida en Paraguay con RUC activo, inscripción como operador de comercio exterior ante la DNIT, habilitación de la firma ante Aduanas y VUE, y las habilitaciones sectoriales que correspondan según el producto.
¿Cuál es la diferencia entre el régimen de maquila y la Ley 7548/25?
La maquila está orientada a transformar y exportar: suspende tributos a la importación de insumos y grava con 1 % el valor agregado local. La Ley 7548/25 es un régimen de incentivo a proyectos de inversión aprobados, con exoneraciones sobre bienes de capital y otros beneficios. No son excluyentes, pero responden a lógicas distintas.
¿Puedo importar sin ser despachante?
Sí. El despacho aduanero lo realiza un despachante habilitado ante la DNIT en representación de tu empresa. Lo que sí necesitás es estar habilitado como importador.
¿Qué pasa si clasifico mal un producto?
Puede derivar en ajustes de tributos, multas y retención de la mercadería. Por eso la clasificación arancelaria se define antes del embarque, con la ficha técnica del producto a la vista, y no al momento del despacho.
DP
Equipo TécnicoDesembarco Paraguay
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